En reciente sentencia del Tribunal Constitucional (Expediente 00949-2022-PA/TC), se estableció que la prohibición de la tenencia de mascotas, en los condominios es justificada. Siempre que en el reglamento de normas básicas de convivencia se consideró esta prohibición la misma que debe ser respetada y cumplida, fundamentándose en el derecho a la autonomía de la voluntad de los propietarios, el cual, se manifiesta en el deber de proteger los intereses del colectivo de personas que, en un inicio decidieron pertenecer al condominio.

(Fuente: Diario Gestión – 06/09/23).

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